Bula contra las corridas de toros.
Bula contra las corridas de toros
De salutis gregis Dominici de Pio V (01.11.1567)

En la página de Vaticano no se encuentra la bula contra las corridas de toros, porque en dicha página no existe documentación anterior a León XIII (1878-1903). Sin embargo, pueden encontrar la bula pdf en latín), acompañada además de un amplio comentario en castellano. Y también la bula en castellano.
Poner en riesgo la propia vida sin necesidad
En dicha bula, el Papa Pío V compara las corridas de toros con los duelos y la razón de la condena es la parecida: el poner en riesgo la propia vida por una absurda exhibición de fuerza y audacia.
El Papa insiste varias veces en que peligra no sólo el cuerpo, sino también el alma.
Añade Pío V que tales espectáculos nada tienen que ver con la piedad y la caridad cristiana. Más adelante explica que, aunque algunos erróneamente piensen honrar de este modo a los santos, las solemnidades y fiestas de la Iglesia deben celebrarse con alabanzas divinas y no con diversiones de esa clase.
Más aún, que estos espectáculos no son propios de hombres, sino del demonio.
Bula contra las corridas de toros. Pena de excomunión
Para evitar que las almas se pierdan, el Papa prohibe terminantemente la celebración de las corridas de toros y esta prohibición será perpetua («hac perpetuo nostra constitutione valitura» = «esta nuestra constitución [estará] permanentemente en vigor»).
La bula se dirige sobre todo a los gobernantes. El castigo será de excomunión y anatema contra todo gobernante (civil o eclesiástico) que dé su permiso para que se celebren dichos espectáculos.
Por su parte, se prohibe a todos el ponerse delante de un toro o cualquier otra fiera salvaje. Ni a pie, ni a caballo. La bula prohibe expresamente dar sepultura eclesiástica a quien muera allí.
También serán excomulgados los clérigos que participen en el espectáculo. Se supone que el Papa no está pensando en una participación activa. Cualquier clérigo que honre con su presencia este tipo de fiestas, será excomulgado.
Los mandatarios de la Iglesia (príncipes, condes…) que permitan este tipo de fiestas en sus dominios, serán despojados de sus feudos. Aquellos que no las permitan tendrán la recompensa divina.
Esta bula contra las corridas de toros deroga cualquier otro documento que lo permita.
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